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Actuación del COUT en la modificación del Código MLP

El Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito Uno (CAPBAUNO) informó -en su página oficial- que el Municipio de La Plata, a partir de un acuerdo con el Gobierno bonaerense, está oficiando la modificación del Código de Ordenamiento Urbano de la ciudad, con financiamiento del Consejo Federal de Inversiones -CFI-.

Para dicha tarea, se formalizó un convenio con la Fundación CEPA -Centro de Estudios y Proyección del Ambiente, dirigida por el Arq. Rubén Pesci-, que es el encargado de formular las propuestas para las distintas etapas de trabajo, según un cronograma establecido:

FASE 1: Diagnóstico expeditivo. Síntesis y evaluación primaria de la situación actual.

FASE 2: Propuesta de ordenamiento territorial y urbano de la periferia como sector prioritario. Programas, proyectos, instrumentos de gestión para el área.

FASE 3: Propuesta de ordenamiento territorial y urbano del casco y las áreas urbanas. Programas, proyectos, instrumentos de gestión para el área.

FASE 4: Elaboración del Código y Proyecto de Ordenanza.

Todas estas acciones, se prevén sean monitoreadas por el nuevo C.O.U.T. -Consejo de Ordenamiento Urbano y Territorial-, concebido como un organismo asesor -no vinculante- de perfil más técnico que político, conformado por representantes de los Colegios Profesionales con incumbencia, Universidades Locales y el Consejo Consultivo para el Desarrollo de La Plata como expresión de las fuerzas productivas de la Región, emitiendo opinión sobre las mismas.

Ante la requisitoria Municipal de emitir en -el marco del COUT- dictamen técnico sobre el contenido del informe de la Fundación CEPA para la FASE 2, desde el CAPBAUNO entienden que en los plazos y condiciones establecidas solo es factible operar un análisis de coincidencias generales y dudas sobre las definiciones más detalladas.

«Estas precisiones, serían responsabilidad de quienes operan la construcción del Plan y para ello el mismo debe tener la suficiente flexibilidad como para corregir los eventuales errores y adaptarse a los imprevistos que pudieran suscitarse al momento de su puesta en funcionamiento.

Finalmente, pensamos que es hora de establecer criterios y políticas públicas consensuadas, con permanencia en el tiempo, habida cuenta que a cada cambio de administración sobreviene un cambio en el Ordenamiento Urbano», señala la comunicación del CAPBAUNO.

Y por último agrega: «El avance y celeridad de este trabajo adquiere particular importancia, habida cuenta la suspensión por Decreto 2514/24 de los Procesos Administrativos enmarcados en las áreas afectadas por las Ordenanzas de Rezonificación sancionadas en la administración precedente, que no se encuentran convalidadas por la autoridad provincial competente de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto-Ley 8912 de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo de la Provincia de Buenos Aires.

Y más allá del imprescindible ordenamiento de esta condición normativa, esta situación mantiene paralizado el trabajo profesional de construcciones y subdivisiones en una amplísima superficie del Partido».

Solicitud de dictamen

Documento descargable en formato PDF.

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