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Farmacéuticos bonaerenses ven con «preocupación» el paquete de DNU del Gobierno

En el Título XI del DNU se refieren a cuestiones sanitarias que serán modificadas con criterios que, en la opinión del Colegio de Farmacéuticos de la provincia, «hieren gravemente la normativa que regulaba el ejercicio profesional de los farmacéuticos argentinos, informó el Colegio de Farmacéuticos Bonaerense.

«Hoy es necesario informar a nuestros pacientes y colegas que el Título Segundo de la Constitución Nacional, referido a los Gobiernos de Provincia, contiene el Artículo 121, que dice: «Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación», se indicó en un comunicado.

En ese sentido la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha ratificado la soberanía provincial sobre los poderes no delegados a Nación.
«En lo referente a la salud, la provincia de Buenos Aires no ha delegado el poder al Gobierno Federal y tiene la facultad de elegir las leyes que se puedan aplicar en este territorio, por lo tanto los anuncios realizados anoche no tendrán un efecto inmediato en nuestra provincia» se explicó.

«Sin embargo, ya hemos comenzado a trabajar para prevenir frente a posibles distorsiones y el accionar de intereses que pretendan modificar la normativa bonaerense que regula el ejercicio profesional y, por ende, afectar el futuro de farmacéuticos y farmacias, en el sector público y privado, en la distribución y producción de medicamentos, productos médicos, incluso en lo que se refiere al tránsito interjurisdiccional, la cadena de pagos y comercialización de medicamentos» indicó el Colegio.

«Junto a las autoridades sanitarias de la provincia, otras entidades profesionales y organizaciones sociales, revisaremos lo anunciado y coordinaremos acciones para evitar los efectos nocivos que pudieran tener los anuncios de anoche en las incumbencias profesionales y el servicio farmacéutico a millones de bonaerenses, que podrían ver afectado su acceso al medicamento», finalizó.

«Para finalizar, en nuestra provincia contamos con la Ley 10606, una ley robusta y con respaldo de todas las instancias procesales del sistema jurídico argentino, que es sumamente clara cuando establece que “es criterio de los suscriptos mantener el sentido sanitarista que posee la legislación vigente, evitando introducir, en aspectos tan importantes para la salud de todos los bonaerenses, un criterio mercantilista puro que desnaturalice el fin de la norma”.

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