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Arquitectos: cambio de valores referenciales / abril 2024

Conforme a lo acordado en Asamblea entre los colegios integrantes de la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, se estableció que desde el 1 de abril del corriente entrará en vigencia el nuevo valor para la UNIDAD REFERENCIAL, quedando la misma establecida en $ 500.000 (quinientos mil pesos), con un factor de corrección = 25. Por otro lado, la CMAO -Cuota Mínima Anual Obligatoria- a cubrir en la CAAITBA, será de $ 684.000 (seiscientos ochenta y cuatro mil pesos).

Desde el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito Uno (CAPBAUNO) alertan a la matrícula que, en virtud a la gran demanda estacional que se produce en la previa del cambio de Unidad Referencial –en esta oportunidad complejizada con los feriados correspondientes a Semana Santa- y la natural congestión en el procesamiento y carga definitiva de los expedientes, tengan en cuenta las siguientes RECOMENDACIONES PARA EFECTUAR VISADOS DE CONTRATOS:

Presentar los trámites con la debida anticipación para evitar contramarchas y no sobrecargar la tarea de los visadores.

Cargar todos los elementos exigidos en el sitio de autogestión de la plataforma “Capba en línea” y remitirlo sin excepción a las áreas de revisión hasta el 31/3/2024, haciendo “click” en el botón “ENVIAR AL CAPBA”. (De no hacerlo, el trámite permanecerá en estado “BORRADOR” y por lo tanto no será reconocido como cumplimentado). Vencido dicho plazo, corresponderá la actualización de valores.

El trámite de visado deberá completarse dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de “ENVIADO”, satisfaciendo las observaciones de los visadores y teniendo abonando los aportes previsionales y el CEP correspondientes.

Tener en cuenta que los VALORES DE C.E.P. y APORTES JUBILATORIOS no serán los definitivos hasta no haber sido verificados y validados por el visador, quedando por tanto sujetos a posible ajuste.

En caso que de la revisión surjan MODIFICACIONES EN LAS SUPERFICIES, los valores consignados no podrán diferir en más de un 10% (con un límite de 10m2), para mantener el Valor Referencial vigente.

En dicha etapa de revisión, NO podrá cambiarse la TIPOLOGÍA de obra, ni alterarse todo otro valor que altere el cálculo de los valores referenciales. Tampoco podrá cambiarse el PARTIDO de la obra, ya que implica un cambio de Distrito de destino.

Los datos consignados previo a la intervención del visador, serán exclusiva responsabilidad del matriculado.

No obstante que el sistema informa el avance del trámite a través del envío de e-mails a la casilla declarada por el matriculado, es responsabilidad del mismo ingresar al sistema de autogestión en forma frecuente para verificar, dado que el CAPBA no se responsabiliza ni garantiza el normal funcionamiento del servicio de correo electrónico.

CASO PARTICULAR: MEDICIÓN CON ART. 29°

El importe de la contribución por este artículo, debe calcularse con el valor referencial correspondiente al momento en que se abona -según Resoluciones CAAITBA Nº263-271-297-.  En caso de ser verificado con fecha posterior al cambio de UR, se deberá invariablemente ajustar a los nuevos valores.

Para mayor información, comunicarse con la mesa de Entradas de la Sede Distrital o Delegaciones, en el horario de 9 a 14 hs.

PARA REALIZAR EL CÁLCULO COMPARATIVO DE HONORARIOS MÍNIMOS CON RESPECTO A LOS VALORES FUTUROS, PODRÁ FORMALIZARSE EN LA PLATAFORMA “CAPBA EN LÍNEA” UN PREVISADO, INDICANDO UNA FECHA DE CALCULO POSTERIOR AL 1/4/24. EN TAL CASO, EL SISTEMA EFECTUARÁ LA VALUACIÓN CON LOS MONTOS A REGIR EN ESE MOMENTO.

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