El ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires estableció que a partir del próximo lunes 8 de marzo, fecha en que se reanudan los plazos prorrogados por las Resoluciones Ministeriales N° 242/20 y N° 725/20, las Entidades Profesionales de la Provincia de Buenos Aires y sus Cajas Previsionales, «deberán iniciar o dar continuidad, según corresponda, a los procesos electorales que fueran suspendidos, efectuando las adecuaciones pertinentes dentro del marco de las competencias otorgadas a dichas entidades
por la normativa vigente».
De este modo, todas las instituciones profesionales deben comenzar con el proceso electoral para renovar las autoridades de colegios, asociaciones, sociedades y otras instituciones del sector para elegir nuevas comisiones directivas.
Las elecciones deberán llevarse a cabo cumpliendo los protocolos Covid-19.
Las entidades podrán dictar, en el marco de sus respectivas competencias, las resoluciones pertinentes y efectuar las adecuaciones reglamentarias a fin de realizar en forma remota y no presencial, todos aquellos actos o acciones
preparatorios que resulten necesarios a fin de llevar adelante los procesos eleccionarios y la realización de las asambleas ordinarias y extraordinarias, como así también la celebración de tales actos o acciones. A tal fin, deberán garantizar la plena, efectiva y real participación de todos los colegiados o matriculados, dentro del marco de las normas y reglamentaciones vigentes y
cumpliendo con todos los imperativos legales pertinentes que garanticen la transparencia de los mismos (ver resolución debajo de este texto).