Comunidad Profesional

La Caja de la Abogacía da libertad de pagar el aporte jubilatorio

En una situación inédita y teniendo en cuenta el mal año que tuvieron muchos abogados producto de la cuarentena por el Covid 19, la Caja de la Abogacía de la provincia le da a los profesionales la chance de pagar o no la cuota Anual 2020, siempre y cuando los ingresos del profesional no supere un tope estipulado por la entidad.

”Un año diferente, una Cuota Anual diferente” y “Vos decidís tu obligación” son algunos de los enunciados que se pueden ver en las redes sociales de la entidad.

“El hecho de que la actividad abogadil no fuera declarada esencial, sumado a la “feria extraordinaria” o “suspensión de plazos” que se definieron y mantuvieron en el tiempo (tanto en el Fuero Federal como en el Provincial), han disminuido considerablemente la posibilidad de ejercer la profesión y, esencialmente, han reducido casi a cero la generación de ingresos por honorarios, mientras la mayor parte de las obligaciones se mantienen vigentes”, se informó desde La Caja, que señaló que “no se encuentra ajena” a este preocupante escenario.

De acuerdo a un comunicado, el Directorio resolvió el cumplimiento de la Cuota Anual 2020 de la siguiente manera:

Hasta el 31/05/2021 se podrá desistir del pago de la Cuota Anual 2020  siempre y cuando no alcanzare con sus aportes el estamento 6. Además se aclara que se puede hacer desde los servicios en línea y sin necesidad de suspender la matrícula.

También se señala que el año desistido no se computará a los efectos jubilatorios y no afectará los beneficios legales y reglamentarios.

En ese marco, se informa que los aportes ingresados entre el 01/01/2021 y la fecha del vencimiento se imputarán al año 2020 salvo que al 31/12/2020 se haya alcanzado el 100% de la cuota anual, debiendo en ese caso quedar imputados al año del efectivo depósito.

Si al 31/12/2020 se hubiera alcanzado algún estamento de opción necesaria (38%,50%,75%), podrá manifestar expresamente su voluntad de dar por cumplido el año de aportes, independientemente de que hubiera optado con anterioridad por un estamento, se explicó desde la Caja de la Abogacía.

Llegado el 31/05/2021, al alcanzar cualquiera de los estamentos menores al 100% la cuota anual se dará por cumplida sin necesidad de realizar la opción en su Delegación. Es decir que, con los aportes y pagos ingresados hasta esa fecha se le incluirá automáticamente en el estamento que hubiere alcanzado. En caso de que no llegara a integrar el 38% podrá desistir el año o bien realizar un pago voluntario por la diferencia.

Para mayor información consultar la página web de la entidad.

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