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Información sobre ordenanzas de rezonificaciones e indicadores urbanísticos

El Municipio de La Plata puso a disposición de los profesionales documentos informativos completos y legibles sobre la normativa vigente en el Partido.

La medida resulta de gran trascendencia, habida cuenta que desde la sanción de las ordenanzas 12.043, 12044, 12.045 y 12.0461 -que establecieron rezonificaciones y cambios de indicadores urbanísticos para distintas áreas-, el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito Uno (CAPBAUNO) conjuntamente con el Colegio de Técnicos, el Colegio de Martilleros, APYMECO y la Cámara de Desarrolladores habían solicitado en varias oportunidades contar con el material imprescindible para su interpretación -planos, planillas y textos-, que de modo integral e inequívoco ofrecieran la información necesaria sobre las eventuales parcelas a intervenir con el objeto de iniciar un desarrollo constructivo.

El material elaborado por las Áreas Técnicas Municipales, se compone de Planos Generales con cada parcela claramente identificada y ubicación de arroyos, Detalle del Casco Urbano, Plano de Localidades, Tabla de Indicadores Urbanísticos y Tabla de Usos Permitidos.

Complementariamente y para facilitar las búsquedas, se desarrollaron planos detallados por sector, divididos en:

Para Zona Norte:

1- Detalle localidades de Tolosa, Ringuelet y Hernández.

2- Detalle localidades de Villa Castell, Gonnet, Gorina, Savoia, City Bell, Los Porteños, Colonia Urquiza, Villa Elisa, El Rincón y Arturo Seguí.

3- Detalle localidades de Abasto y El Peligro

Para Zona Oeste:

1- Detalle localidades de San Carlos y Melchor Romero

2- Detalle localidades de Los Hornos y Olmos

3- Detalle localidad de Ángel Etcheverry

Para Zona Sur:

1- Detalle localidades de Villa Elvira, San Lorenzo, Arana y Parque Sicardi/Villa Garibaldi

El material es accesible desde el link: https://drive.google.com/drive/folders/1eUx_AxnNbs6V2jbRVZfc5PrNvYyJ7m7u?usp=sharing

Desde el CAPBAUNO señalaron: «Más allá de la importancia de contar esta información fidedigna para el desarrollo de la tarea profesional, mantenemos nuestra preocupación por la problemática de los emprendimientos que luego de la aprobación municipal, demandan actuaciones posteriores o complementarias por parte de organismos provinciales -especialmente en el caso de subdivisiones-, que solo son validadas si se ajustan a lo explicitado en la Ord. 10.703, única ordenanza convalidada a la fecha».

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