Días pasados, el Ejecutivo Municipal elevó al Concejo Deliberante de La Plata, el Anteproyecto de Ordenanza que detalla el Programa para el tratamiento administrativo de loteos ilegales, fundamentado en avances del Plan de Ordenamiento Territorial Integral -en etapa de desarrollo-.
En dicho ámbito tendrá lugar el debate sobre su contenido y la aprobación del texto definitivo de la norma.
Previamente, su contenido fue remitido por el Ejecutivo a las Instituciones integrantes del COUT -Consejo Único de Ordenamiento Territorial-, para que desde las mismas se ofrezcan evaluaciones y aportes sobre el texto propuesto.
Desde el Colegio de Arquiectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito Uno (CAPBAUNO) señalaron que más allá del escaso tiempo otorgado para el análisis, desde todos los espacios se realizaron aportes, encontrándose importantes coincidencias en las cuestiones generales y algunas discrepancias en temas específicos, que no permitieron la elaboración de un informe conjunto.
Dichas discrepancias son previsibles, en el entendimiento que la naturaleza y responsabilidades de los colegios profesionales difieren de las instituciones académicas, ya que mientras estas aportan una mirada teórica y analítica sobre los procesos de planificación y desarrollo urbano, los colegios profesionales representan a quienes intervienen directamente en la transformación física del territorio, asumiendo responsabilidades técnicas y legales en cada uno de los actos constructivos.
El CAPBAUNO considera que la Ordenanza es clara en cuanto a los objetivos de planificación a futuro y establece un marco conceptual ordenador correcto, dejando algunas dudas en la determinación de los límites de las zonas, imposibles de evaluar con la información disponible.
Paralelamente, no establece precisiones suficientes en cuanto a los aspectos instrumentales para la regularización propiamente dicha -condiciones particulares, plazos, tramitaciones, penalizaciones-, especialmente en lo relativo a los emprendimientos -tanto de subdivisiones como de obras individuales- que se ajustaron a lo que la administración municipal de turno exigió.
Interpretamos que el éxito de las acciones que emanen de esta Ordenanza, estará íntimamente ligado a la Reglamentación de la misma, donde se detallaran disposiciones que no fueron sometidas a opinión del COUT.
«A título informativo y para aclarar algunas malas interpretaciones públicas, es importante señalar que no se trata del nuevo Código de Ordenamiento Urbano, sino de una ordenanza específica para regularizar loteos informales o irregulares ya existentes. Lo que establezca la norma, no habilita aun nuevas zonas para proyectar, sino que apunta exclusivamente a regularizar lo ya consolidado, bajo las condiciones establecidas», indicaron desde el Colegio.