Aportes a la comunidad

Nuevas sociedades con paridad de género

Las sociedades y asociaciones que se inscriban en la Inspección General de Justicia (IGJ) deberán incluir en su órgano de administración «una composición que respete la diversidad de género», es decir, la misma cantidad de miembros femeninos y masculinos.

Así lo dispuso la IGJ mediante la Resolución 34/2020, que se publicó en el Boletín Oficial.

«Las asociaciones civiles en proceso de constitución; las simples asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario», las sociedades anónimas (con algunas excepciones), las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado deberán tener un directorio con estas características.

Según se detalla en el documento publicado este miércoles en el Boletín Oficial, la medida «deberá aplicarse para las designaciones de los miembros de los órganos de administración, y en caso de corresponder de fiscalización, electos en cada oportunidad de su designación con posterioridad a la entrada en vigor de esta Resolución”.

Por otro lado, la IGJ aclara que los dictámenes de precalificación para la inscripción en el Registro Público de autoridades de las sociedades, asociaciones civiles y fundaciones comprendidas por esta obligación «deberán incluir como un punto especial la composición por género de los órganos e indicar los porcentajes».

 

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